Una sentencia histórica condena a Francia por el tratamiento machista a las víctimas de delitos sexuales

La Gran Sala Del Tribunal Europeo De Derechos Humanos.

Sarah Brethes y Marine Turchi (Mediapart)

Es una decisión abrumadora y sin precedentes. Por primera vez, Francia ha sido condenada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) por incumplimientos en el tratamiento judicial de delitos sexuales.

El TEDH dictó sentencia el jueves 24 de abril sobre tres casos franceses de violación de menores y denuncia la “victimización secundaria” sufrida por las tres denunciantes, es decir, los malos tratos padecidos durante el proceso judicial. Considera que, en estos tres casos, “las autoridades investigadoras y los tribunales nacionales no protegieron adecuadamente a las demandantes que denunciaron actos de violación cuando solo tenían 13, 14 y 16 años en el momento de los hechos”.

Las tres demandas se presentaron en 2021 y 2022. Debido a sus similitudes, el Tribunal Europeo las examinó conjuntamente y dictó una sentencia única, que debería alimentar los debates sobre el tratamiento judicial de la violencia sexual, pero también sobre la inclusión del consentimiento en la ley sobre delitos sexuales.

Es la segunda vez, en cuatro meses, que Francia es condenada por el TEDH en materia de derechos de la mujer. Ya en enero, una mujer de sesenta años había obtenido la condena a Francia por una sentencia de divorcio pronunciada por la justicia de ese país tras un incumplimiento de su “deber conyugal”.

En materia de violencia sexual y sexista, el Tribunal Europeo ha sentado una auténtica jurisprudencia en los últimos años. “Es la quinta vez que condena a países por motivos sexistas, después de Portugal (2017), Italia (2021), Turquía (enero de 2025) y Chipre (febrero de 2025)”, dice a Mediapart la abogada Lorraine Questiaux.

Puede que esta no sea la única condena a Francia en este ámbito: otras ocho mujeres han presentado demandas ante el Tribunal Europeo por el mismo motivo, que están siendo examinadas.

Comentarios culpabilizadores y estereotipos sexistas

Las tres demandas se basan en el artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (prohibición de tratos inhumanos o degradantes), el artículo 8 (derecho al respeto de la vida privada) y, en uno de los casos, también el artículo 14 (prohibición de discriminación).

El primer caso provocó revuelo cuando se hizo público: Julie (nombre ficticio) acusó a 22 bomberos de la brigada de París de haberla violado entre 2009 y 2010, algunos cuando ella tenía menos de 15 años, y el resto siendo aún menor. La joven se encontraba en una situación de fragilidad psicológica y muy aislada debido al acoso que sufría en la escuela; los ataques de tetania —trastorno neuromuscular que causa contracciones musculares involuntarias, espasmos y calambres— que padecía desde los 12 años habían provocado numerosas intervenciones de los bomberos. En 2022, se dictó el sobreseimiento de los hechos de violación. Solo dos bomberos fueron condenados en 2024 a prisión condicional por abusos sexuales a una menor.

En su sentencia, el tribunal destaca en varias ocasiones la “victimización secundaria” sufrida por las denunciantes durante el proceso. Incluso señala que, en un caso, el estado de salud de la denunciante “se deterioró durante la investigación”.

Lamenta el uso por parte de los magistrados de “estereotipos de género” que no solo son “inapropiados”, sino también “ineficaces” y “atentatorios contra la dignidad” de las demandantes. Sobre todo en el caso de Julie, que fue expuesta, según el tribunal, “a comentarios culpabilizadores, moralizantes y que vehiculaban estereotipos sexistas propicios para desalentar la confianza de las víctimas en la justicia”. “Es esencial que las autoridades judiciales eviten reproducir estereotipos sexistas en las decisiones judiciales y minimizar la violencia de género”, recuerda.

El TEDH también considera que una de las tres demandantes sufrió durante la investigación un trato discriminatorio por ser una chica.

Otro elemento condenatorio: señala una “ineficacia del procedimiento judicial” en dos de los casos, criticando “la falta de celeridad y diligencia en la tramitación del proceso penal”. El proceso (hasta la sentencia del Tribunal de Casación) duró once años y nueve meses en el caso de Julie, y ocho años y ocho meses en el de la adolescente de 16 años (que denunció una violación por parte de un muchacho de 18 años durante una fiesta entre amigos en su domicilio), “a pesar de que el caso no presentaba ninguna complejidad particular”.

La sentencia del TEDH critica duramente las deficiencias de Francia en la evaluación de la realidad del consentimiento de las demandantes. Considera que los tribunales “no analizaron debidamente el efecto de todas las circunstancias conexas ni tuvieron suficientemente en cuenta, en su apreciación del discernimiento y el consentimiento de las demandantes, la situación de especial vulnerabilidad en la que se encontraban, en particular habida cuenta de su minoría de edad”.

Ese es el caso particular de Julie: el TEDH considera que “el razonamiento seguido por el tribunal de apelación adolece de graves deficiencias en lo que respecta a la apreciación de la capacidad de discernimiento suficiente de la demandante para consentir realmente actos sexuales repetidos con varias personas, habida cuenta de su extrema vulnerabilidad, derivada de su corta edad y de su estado de salud”.

Otro ejemplo: en el caso de la adolescente de 16 años, el tribunal subraya que la apreciación de los hechos “se basó principalmente en las declaraciones del acusado sin atribuir el mismo peso a las de la demandante” y que, “aunque fue reconocido por ambos protagonistas el consumo de alcohol y otras sustancias tóxicas, esta circunstancia no fue considerada como un elemento que situara a la demandante en una situación de especial vulnerabilidad”.

Una decisión histórica

La sentencia del TEDH ha suscitado un gran entusiasmo entre las activistas feministas, las asociaciones y las abogadas comprometidas con las víctimas: “una decisión histórica”, “una inmensa victoria”, “una primicia”, estiman varias personas entrevistadas por Mediapart. Porque la sentencia señala lo que llevan años denunciando, pero también porque podría impulsar cambios reales en el tratamiento de la violencia sexual y sexista en Francia.

En la Comisión Nacional Consultiva de Derechos Humanos (CNCDH), que había remitido al TEDH una tercera intervención en la que se subrayaban las deficiencias del marco jurídico francés, su secretaria general, la magistrada Magali Lafourcade, celebra que la sentencia haya sido “dictada por unanimidad” y que “reviste una importancia capital”: “El Tribunal Europeo considera que las demandantes sufrieron violencia en el desarrollo de las investigaciones y los juicios, sin que ello sirviera para esclarecer la verdad”, indica la magistrada, que se congratula además de que el TEDH haya “hecho suyas las observaciones de la CNCDH”.

"Teniendo en cuenta la autoridad de las sentencias europeas, podemos esperar que las víctimas de violencia sexual estén mejor protegidas en el futuro, que sus casos sean tratados al margen de los estereotipos de género y que, por fin, se reconozca el fenómeno de la victimización secundaria”, añade.

Para la abogada Maria Cornaz Bassoli, presidenta de la asociación Choisir la cause des femmes (fundada por Gisèle Halimi, abogada, escritora y activista franco-tunecina), “esta sentencia pone de relieve lo que siempre hemos denunciado: la amplia impunidad que se deriva del tratamiento judicial de la violencia sexual y sexista, la insuficiencia de las investigaciones, el hecho de que los procedimientos hieren a las víctimas, una visión sexista y demasiado estrecha de la ausencia de consentimiento, que no tiene suficientemente en cuenta el contexto y tiende a centrarse en la resistencia de la víctima”.

La abogada Carine Durrieu Diebolt, figura destacada en la defensa de las víctimas de violencia sexual y exmiembro de la Comisión Independiente sobre el Incesto y la Violencia Sexual contra los Niños (Ciivise), también se congratula por esta decisión “importante y sin precedentes en Francia”, que sanciona la “victimización secundaria” , un concepto reciente que analiza en un libro que se publicará el 8 de mayo (Violences sexuelles : quand la justice maltraite, ediciones Syllepse).

“Estas tres condenas deberían llevar a las autoridades francesas a tomar medidas para que nuestro tratamiento judicial en materia de violencia sexual sea más respetuoso con las víctimas y más humano, en consideración también al sufrimiento padecido durante el proceso penal”, explica la penalista, que recuerda que el TEDH ha señalado, a este respecto, el “deterioro del estado psicológico de una de las víctimas durante el proceso”.

Durrieu Diebolt pide, en particular, que se tenga más en cuenta “la victimización secundaria” y que se imparta “formación sistemática sobre los estereotipos sexistas y de género a los magistrados”, con el fin de “humanizar el interrogatorio de las víctimas”, pero también para “identificar pruebas de la falta de consentimiento que antes no se veían”.

Esta sentencia es un cuestionamiento profundo de las prácticas de los tribunales en materia de enjuiciamiento de la violencia sexista y sexual

La abogada Lorraine Questiaux

La abogada Lorraine Questiaux, que había trabajado en el caso de Julie junto con su colega Marjolaine Vignola, también se felicita por esa “sentencia tan importante”. “Estos tres casos muestran hasta qué punto son deficientes, injustos y parciales los tribunales franceses, y cómo hacen primar sistemáticamente la palabra de los autores de las agresiones”, explica, al ver en esta sentencia “un cuestionamiento profundo del trabajo de los jueces franceses y de las prácticas de los tribunales en materia de enjuiciamiento de la violencia sexista y sexual”. “Pone de manifiesto prácticas sexistas antiguas y profundamente arraigadas en todos los niveles de la cadena institucional (primera instancia, apelación, casación)”.

En el caso de Julie, se señala al juzgado de instrucción de Versalles. “El TEDH considera que estos estereotipos sexistas atentaron contra la dignidad de la víctima, presentada como ‘provocadora’, mientras que los bomberos pudieron ser calificados de ‘seductores’. El TEDH critica muy duramente el razonamiento discriminatorio del tribunal de apelación de Versalles, calificándolo de ‘fuera de lugar’, ‘caricaturesco’ e ‘inadecuado’. Se trata de una gran desautorización”, estima la abogada.

Lorraine Questiaux precisa, además, que en este caso habían invocado la jurisprudencia del TEDH ante el Tribunal de Casación. Este “no la tuvo en cuenta y, al negarse a anular una sentencia sexista, violó el Convenio Europeo”. La abogada señala una novedad interesante: “A partir de ahora, el hecho de que una decisión sea sexista puede convertirse en un motivo de casación”.

En cualquier caso, Francia sigue “rezagada” con respecto a otros países. “Sigue siendo relativamente arcaica en comparación con países como España o Canadá, que nos llevan décadas de ventaja”, explica Carine Durrieu Diebolt. “Todos los países tienen dificultades para tratar la violencia, pero algunos han demostrado voluntad política y han permitido avances, como España o Suecia”, coincide Maria Cornaz Bassoli, quien precisa que “muchos países europeos, en materia de definición de la violación y las agresiones sexuales, han basado la incriminación en la ausencia de consentimiento explícito de la víctima, algo que Francia aún no ha hecho”.

Una decisión que alimentará el debate sobre la definición de violación

La sentencia del TEDH se produce en pleno debate parlamentario sobre la redefinición penal de la violación, un tema que divide a las feministas. A principios de abril, la Asamblea Nacional aprobó en primera lectura una propuesta de ley que incorpora el concepto de no consentimiento al Código Penal.

Con esta definición, Francia se ajusta al Convenio Europeo de Estambul, ratificado en 2014. En los últimos años, una decena de Estados europeos han modificado su legislación para incorporar este concepto de consentimiento, cuyas ambigüedades señalan algunas activistas.

“La ley actual no protege ni castiga lo suficiente”: es el diagnóstico de las dos diputadas que han presentado la propuesta de ley. En el punto de mira de estas legisladoras se encuentran los cuatro conceptos que caracterizan actualmente la violación —violencia, amenaza, coacción o sorpresa—, considerados demasiado restrictivos. Afirman, en particular, que estos criterios no permiten caracterizar las agresiones en las que las víctimas han quedado aturdidas o aquellas en las que se ha aprovechado su vulnerabilidad, ya sea física, psíquica o económica. Un análisis compartido por las representantes de asociaciones (Choisir la cause des femmes, Fédération nationale des CIDFF, #NousToutes, Amnistía Internacional), numerosas abogadas y juristas.

En su sentencia, el TEDH no se pronuncia explícitamente sobre el tema, pero señala “que existe hoy en día un consenso cada vez mayor entre los Estados parte para integrar expresamente en la definición de violación el concepto de consentimiento claro”.

La diputada ecologista Marie-Charlotte Garin, co-ponente de la propuesta de ley, considera que esta sentencia histórica “confirma la necesidad de cambiar el marco jurídico de Francia”. “No se puede apreciar correctamente la falta de consentimiento sin prestar especial atención a las circunstancias conexas y a las vulnerabilidades de la víctima”, opina la diputada.

Las detractoras de esta reforma, entre ellas Lorraine Questiaux, consideran por el contrario que el problema no es la ley —la jurisprudencia muestra, en efecto, una interpretación amplia de los cuatro criterios—, sino la forma en que se aplica.

Lorraine Questiaux considera que la sentencia del TEDH respalda esta tesis: “Estas demandas no se refieren a la definición, sino a la aplicación”, insiste. El TEDH “considera que los tribunales no analizaron debidamente el efecto de todas las circunstancias conexas y no tuvieron suficientemente en cuenta, en su apreciación, el discernimiento y el consentimiento de las demandantes, ni la situación de especial vulnerabilidad en que se encontraban, habida cuenta, en particular, de su minoría de edad”.

“Es necesario instaurar una formación obligatoria para los magistrados de lo penal”, insiste Lorraine Questiaux, quien señala que el plan de estudios “ni siquiera incluye la jurisprudencia del TEDH, que sin embargo les concierne”, e insiste en la necesidad de formarlos en “la dimensión psicotraumática” y “la estrategia del agresor”.

En el periodo 2012-2021, el índice de casos archivados alcanzó el 86% en aquellos de violencia sexual en Francia y el 94% en los de violación, una tasa que ha aumentado en los últimos años, según un reciente estudio del Instituto de Políticas Públicas.

Esta elevada tasa no es exclusiva de la violencia sexual, ya que alcanza el 85% en otros delitos contra las personas. Sin embargo, a diferencia de otros delitos, estos sobreseimientos se deben en la inmensa mayoría de los casos a que el delito no está “suficientemente caracterizado”.

Miles de personas se manifiestan en Francia contra la violencia sexual  y en apoyo a Gisèle Pelicot

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El panorama es aún más impactante si se tiene en cuenta que la violación puede calificarse de delito de masas: en 2021, en Francia, 250.000 personas fueron víctimas de violencia sexual, de las cuales 168.000 sufrieron violaciones o intentos de violación, según el ministerio del Interior. Consecuencia: ocho de cada diez víctimas no denuncian los hechos.

 

Traducción de Miguel López

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